Fuente: El Mercurio Legal
Columna de Opinión Ignacio Jiménez, Abogado
…La Corte Suprema en esta sentencia postula que, en ciertas ocasiones, no puede esperarse que una determinada conversación se mantenga en reserva, existiendo casos en los cuales no existiría la pretendida expectativa de privacidad. La doctrina en cuestión no valida per se la utilización de cualquier registro de audio como medio de prueba, sino que solo de aquellos que se obtienen dentro de un contexto en que no puede esperarse que lo conversado se mantenga en un plano estrictamente privado…